Pa’ fuera, pa’ la calle: nueva ley de arrendamiento pone en cintura a inquilinos morosos
Nueva ley de arrendamiento revienta el juego: si el inquilino no paga o incumple, podrá ser desalojado con rapidez. Adiós a la viveza, bienvenido el “pa’ fuera, pa’ la calle”.
En Colombia se acabó el relajo de vivir en casa ajena sin pagar. El nuevo proyecto de ley de arrendamiento, que avanza en el Congreso, promete darle dientes a los propietarios para sacar de inmediato a los inquilinos incumplidos.
Nada de años de pleitos, nada de excusas: si no paga, si se inventa negocios por debajo de cuerda o si destroza el inmueble, se va.
Más poder para el dueño, menos mañas para el arrendatario
Hasta ahora, la Ley 820 de 2003 protegía con plazos largos a los inquilinos, incluso a los que se aprovechaban de la buena fe de los dueños. Pero con la nueva iniciativa el panorama cambia: se podrá exigir la restitución del inmueble incluso desde el primer mes, siempre que se configuren causales claras.
Los casos más evidentes:
- No pago del arriendo o mora prolongada.
- Deudas en servicios públicos que terminan en desconexión.
- Subarriendo ilegal sin autorización.
- Uso indebido del espacio (desde negocios no permitidos hasta actividades ilegales).
- Alteración de la convivencia o violaciones a normas de propiedad horizontal.
El procedimiento será más ágil: el propietario notifica, y si el inquilino no entrega, el asunto se lleva a juez.
El miedo de los arrendatarios
Del otro lado, colectivos urbanos advierten que la reforma puede dejar desprotegidos a miles de hogares vulnerables. Denuncian que la amplitud de las causales podría prestarse para abusos y desalojos disfrazados de legalidad. En la práctica, muchos inquilinos tendrán que correr a buscar abogado apenas inicien un contrato.
Lo que viene
Aunque la iniciativa aún no está aprobada en su totalidad, el mensaje es claro: la balanza se inclina hacia los propietarios. Si antes los morosos podían jugar al desgaste judicial, ahora la advertencia es contundente: pa’ fuera, pa’ la calle.