Elecciones atípicas en Bucaramanga: lo que viene tras la anulación de Beltrán

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La salida de Jaime Andrés Beltrán abre el camino a elecciones atípicas en Bucaramanga. El gobernador Juvenal Díaz deberá designar alcalde encargado y convocar comicios en un máximo de dos meses, mientras crece la incertidumbre.

Elecciones atípicas en Bucaramanga: lo que viene tras la anulación de Beltrán
La política en Bucaramanga entró en un nuevo capítulo de incertidumbre. La decisión del Consejo de Estado que anuló la elección de Jaime Andrés Beltrán Martínez por doble militancia no solo remueve al mandatario de su cargo, sino que obliga a la ciudad a prepararse para unas elecciones atípicas que definirán el rumbo político y administrativo de los próximos años.

¿Cuándo quedará ejecutoriado el fallo?

Aunque la decisión es de segunda instancia y definitiva, no se hace efectiva de inmediato. Según la Ley 2213 de 2022, el Consejo de Estado debe notificar el fallo a las partes en un plazo máximo de tres días hábiles. A partir de allí, la defensa de Beltrán puede interponer recursos como el de aclaración o el de súplica, que si bien no cambian el sentido del fallo, sí pueden dilatar su ejecutoria por días o incluso semanas. La propia alta corte ha advertido que no permitirá maniobras dilatorias excesivas, como ya ocurrió con las solicitudes de nulidad procesal que terminaron en llamados de atención e incluso posibles sanciones económicas contra algunos coadyuvantes.

Alcalde encargado y terna política

Una vez el fallo quede en firme, el gobernador de Santander, Juvenal Díaz Mateus, deberá declarar la vacancia absoluta en la Alcaldía de Bucaramanga y designar un alcalde encargado. Este nombramiento se hará a partir de una terna presentada por la coalición que avaló a Beltrán en 2023: Colombia Justa Libres, Salvación Nacional y el Partido de la U. Esa definición será clave, pues el alcalde encargado administrará la ciudad hasta que se realicen los nuevos comicios.

¿Cuándo serían las elecciones atípicas?

El artículo 107 de la Ley 136 de 1994 establece que el gobernador debe convocar a elecciones dentro de los dos meses siguientes a la declaratoria de la vacancia. En consecuencia, si el fallo queda ejecutoriado a finales de agosto o comienzos de septiembre, Bucaramanga estaría acudiendo nuevamente a las urnas a finales de octubre o inicios de noviembre. Como la vacancia se produce antes del 1 de julio de 2026, la norma obliga a que el reemplazo se defina en las urnas y no mediante encargos prolongados.

El fantasma de la reelección y el caso Oiba

Uno de los debates más espinosos gira en torno a si Beltrán podría volver a postularse en estas elecciones atípicas. La Constitución (artículo 314) y la Ley 617 de 2000 lo inhabilitarían, pues prohíben la reelección inmediata y la postulación de quien haya ejercido como ordenador del gasto en los últimos 12 meses. Sin embargo, el antecedente de Oiba, donde el alcalde Elkin Reyes anuló su elección, se volvió a lanzar en las atípicas y ganó, ha abierto una peligrosa grieta jurídica. Allí, el Consejo de Estado interpretó que al anularse la primera elección era como si nunca hubiese ejercido, permitiendo su nueva postulación. Este precedente, considerado por expertos como un “premio a la trampa electoral”, mantiene en vilo la transparencia de procesos similares como el de Bucaramanga.

Lo que está en juego

Bucaramanga no solo definirá quién será su próximo alcalde, sino también el manejo de un presupuesto cercano a los $1,7 billones en 2025 y la construcción del plan financiero para 2026. En plena antesala de las legislativas de 2026, la Alcaldía se convierte en botín político de alto valor para partidos y clanes tradicionales. En medio de la crisis de gobernabilidad, la ciudadanía enfrenta el riesgo de que los mismos viejos actores políticos, responsables de décadas de atraso, intenten regresar al poder.